En Tarragona, el primer paso de una herencia es saber si el fallecido dejó testamento. El Registro General de Actos de Última Voluntad lo indica. Pedimos el certificado por la sede electrónica o por correo y te lo entregamos en PDF, estés en Reus o en Tortosa.
Qué hacemos por ti
Nos encargamos del trámite desde el principio hasta recibir el certificado. Comprobamos que cuentas con los documentos y que ha pasado el plazo desde el fallecimiento, y luego presentamos la solicitud.
- Solicitud del certificado al Registro General de Actos de Última Voluntad.
- Preparación y pago de la tasa mediante el modelo 790.
- Lectura del resultado y localización de la notaría.
- Petición de la copia del testamento a la notaría.
- Orientación sobre los pasos siguientes de la herencia.
El certificado se pide por separado para cada fallecido. Si han muerto ambos cónyuges, hay que solicitar uno por cada uno. Y si tienes dudas sobre si la persona vivió en Reus o en otra provincia, no importa: el registro es nacional y recoge los testamentos otorgados en cualquier notaría de España.
Requisitos y documentación
Se solicita con el certificado de defunción y los datos de identificación de quien lo pide. Además de la tasa, hace falta acreditar un interés legítimo, que suele ser el parentesco con el fallecido.
- DNI o NIE del solicitante.
- Libro de familia u otro documento que acredite el parentesco.
- Pago de la tasa con el modelo 790.
- Datos del fallecido: nombre completo y fecha de nacimiento.
- Certificado de defunción del fallecido.
El certificado es solo el principio de la herencia. Después vienen la aceptación y partición, el impuesto de sucesiones, las plusvalías y la inscripción de bienes. Si lo necesitas, te orientamos sobre el orden de esos pasos y los documentos que pedir para cada uno.
Plazos y datos clave
Cuenta 15 días hábiles desde la fecha del fallecimiento antes de presentar la petición. Pasado ese plazo, se puede solicitar con el certificado de defunción. No damos el importe de la tasa porque lo fija la normativa y puede cambiar.
El registro es general para toda España, así que no importa que el testamento se firmara en Tortosa, en Cambrils o en otro lugar. El certificado informa de dónde está y cuándo se otorgó.
Si no estás seguro de si puedes pedir el certificado, escríbenos antes. Te decimos qué documentos demuestran tu relación con el fallecido y cuál es la forma más rápida de presentarlos. Evitar un rechazo de la solicitud ahorra semanas en un momento en el que lo último que quieres es perder tiempo.
Cómo trabajamos
Todo el trámite se hace a distancia. Nos mandas por WhatsApp o por correo electrónico las fotos o los PDF de la documentación, la revisamos y te decimos si falta algo. Te vamos informando por el mismo canal en cada paso y no tienes que ir a ningún sitio ni acercarte a ninguna oficina.
Preguntas frecuentes
¿Sirve si el fallecido era extranjero?
Si otorgó testamento en España, consta en el registro. Si lo hizo en otro país, habrá que consultar el registro de ese país. Lo estudiamos en cada caso.
¿Puedo pedirlo desde otro país?
Sí. Todo el trámite puede hacerse a distancia con los documentos escaneados, por correo electrónico o por WhatsApp.
¿Qué pasa si no hay testamento?
Entonces la herencia se rige por las reglas de la sucesión intestada, y habrá que hacer una declaración de herederos. Te orientamos sobre los pasos siguientes.
¿Cuándo se puede pedir?
Una vez pasados 15 días hábiles desde el fallecimiento. Antes de ese plazo el registro no lo expide, aunque tengas el certificado de defunción.
Escríbenos por WhatsApp al 694 216 299 y cuéntanos tu caso: abrir WhatsApp.
